BULLYING ESCOLAR

Albert Advocats dedica su actividad en gran medida a la protección del menor en general, por lo que, evidentemente debe abordar este capítulo del acoso escolar como una lacra a la que se sede poner cerco y perseguir desde el marco legal.

La protección de los derechos de sus hijos frente al bullying debe empezar prestando atención en el entorno familiar a posibles cambios en el comportamiento de sus hijos, la reticencia a acudir al centro escolar, trastornos de conducta e incluso de alimentación, pueden ponernos sobre aviso.

Actúe a tiempo. Frente al bullying, tolerancia cero.

El acosador o acosadora suele presentar un perfil muy similar al del maltratador.  La víctima suele aislarse y no informar de su situación a padres o educadores.

En nuestro despacho hemos trabajado en números casos muy similares al que probablemente está sufriendo su hijo. Sabemos cómo afrontar la situación satisfactoriamente. Tanto si el maltrato es físico como psicológico, es fundamental afrontarlo cuanto antes, tomar las medidas preventivas necesarias para el cese inmediato del acoso, así como las medidas legales a tomar.

Se trata en definitiva de un hecho delictivo cometido por menores que será penado en función de la edad del menor acosador.

Si los hechos delictivos han sido cometidos por un menor de 14 años, conforme al art. 3 de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores, no se le exigirá responsabilidad penal al ser un sujeto inimputable.

Si bien, aunque no exista responsabilidad penal por los hechos, el denunciante tiene derecho a reclamar la responsabilidad civil subsidiaria por los daños físicos o morales causados al menor.

Si la edad del presunto responsable se encuentra entre 14 y 18 años, se le aplicará la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores, pudiendo imponérsele como responsabilidad por los hechos, medidas consistentes en:

  • Internamiento en régimen cerrado
  • Internamiento en régimen semiabierto o abierto
  • Internamiento terapéutico
  • Asistencia a un centro de día
  • Permanencia de fines de semana
  • Libertad vigilada
  • Prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima
  • Trabajos en beneficio de la comunidad, etc.

La elección de una u otra opción se hará según la valoración jurídica de los hechos, la edad, circunstancias familiares y sociales del acosador, entre otras.

Albert Advocats:

Expertos en protección de menores. Expertos en acoso escolar.

Acuda a nuestro despacho. No espere más.

error: Content is protected !!